1. La Voz de la Comunidad Silenciada y el Deber del Estado
La Mesa Distrital de la Política Pública de Comunicación Comunitaria y Alternativa, creada por Acuerdo del Concejo de Bogotá, con el respaldo de los medios comunitarios y alternativos de Bogotá, representamos el clamor colectivo de quienes ejercemos el derecho a la comunicación. Denunciamos la profunda e incesante injusticia de la concentración desproporcionada del gasto en pauta o divulgación pública en los medios tradicionales privados monopólicos, excluyendo sistemáticamente a las voces vibrantes y esenciales de los medios comunitarios y alternativos. Esta práctica no es un mero descuido administrativo; constituye una grave violación de la confianza pública, al derecho a la comunicación de las comunidades, una clara violación a la palabra por parte del alcalde Mayor Carlos Fernando Galán y sus secretarios, y una afrenta directa a los principios democráticos.
Los medios comunitarios y alternativos trascienden la mera función comercial; son pilares fundamentales de la participación democrática. Su labor fomenta el pluralismo, fortalece la identidad local y garantiza el derecho a la información para todos los ciudadanos, especialmente aquellos cuyas narrativas son a menudo marginadas por los medios convencionales. Su existencia es crucial para asegurar la diversidad de perspectivas indispensable en una esfera pública saludable. La situación actual se enmarca como una forma insidiosa de censura indirecta y una "adjudicación a dedo" arbitraria de los recursos públicos. Esta práctica asfixia financieramente a los medios comunitarios, silenciando efectivamente voces que son legalmente reconocidas y democráticamente necesarias.
2. Incumplimiento Manifiesto del Plan Distrital de Desarrollo: Artículos 117 y 249 Ignorados
El Plan Distrital de Desarrollo "Bogotá Camina Segura", adoptado mediante el Acuerdo 927 de 2024, establece obligaciones legales explícitas. El artículo 117 del Plan de Desarrollo indica: "Artículo 117. Medios comunitarios y alternativos. Medios comunitarios y alternativos. Los medios comunitarios y alternativos, como parte de las expresiones artísticas y culturales, contribuirán en la cadena de valor de la cultura en las actividades de investigación, creación, promoción, circulación y difusión, así como en la socialización y fortalecimiento de las identidades en los territorios, la paz y la convivencia, para lo cual se crearán las redes de comunicación y cultura en las localidades y los sectores de la cultura.
De igual forma, se promoverá el fortalecimiento de una democracia deliberativa, con un gobierno cercano a la gente y con participación ciudadana, por lo cual se impulsará a los medios comunitarios y alternativos en procesos de formación, de promoción, y de acceso a fuentes de financiación que provean diferentes entidades de la Administración Distrital y Local, en el marco del Decreto 428 de 2023, Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria y Alternativa 2023 – 2034".
Así también se indica en El "Artículo 249. Comunicación Comunitaria y Alternativa. Con el fin de garantizar el cumplimiento de la política pública de comunicación comunitaria establecida en el Decreto Distrital 428 de 2023, las entidades públicas del orden central y descentralizado del Distrito Capital incorporarán en sus estrategias de comunicación integral y en sus planes de divulgación públicos y campañas institucionales de interés y contenido social hasta el 10% del presupuesto que tenga cada entidad destinado para tal fin, para ser difundidos a través de los medios de comunicación comunitarios y alternativos. Cada entidad determinará el porcentaje que se aplicará como una medida de discriminación positiva y acción afirmativa hacia los medios de comunicación comunitaria y alternativos.
Parágrafo. Los Fondos de Desarrollo Local del Distrito Capital podrán exceder el porcentaje anteriormente mencionado."
El mandato es claro: todas las entidades del orden distrital, descentralizado y de las Localidades deberán democratizar los gastos de divulgación. Esta directriz no es una sugerencia, sino una medida explícitamente definida como de "discriminación positiva y acción afirmativa" , lo que subraya el compromiso legislativo del Distrito con la promoción y el fortalecimiento activo de estos medios. Las localidades por ejemplo tienen el piso mínimo del 10% que se debe superar considerando el carácter de progresividad de los derechos y así se enuncia explícitamente llevando a que los Fondos de Desarrollo Local deben superar las sumas de periodos anteriores. Y todas las entidades deben "incorporarán hasta el 10% de su presupuesto destinado a estrategias integrales de comunicación, planes de divulgación pública y campañas institucionales de interés y contenido social"
La realidad, sin embargo, contrasta drásticamente con el mandato legal. Los datos financieros disponibles para 2024 y 2025, de las respuestas dadas al derecho de petición que instauró la Mesa Distrital a todas las entidades revelan un incumplimiento flagrante del mandato legal, en especial en lo relacionado al artículo 249.
La siguiente tabla ilustra la ínfima proporción de recursos públicos destinados a los medios comunitarios y alternativos: